En las sesiones de las Cortes medievales castellano-leonesas, el rey acudía pronunciando discursos solemnes ante nobles y procuradores urbanos. Este libro examina críticamente cómo la historiografía liberal mitificó estas asambleas como…
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En las sesiones de las Cortes medievales castellano-leonesas, el rey acudía pronunciando discursos solemnes ante nobles y procuradores urbanos. Este libro examina críticamente cómo la historiografía liberal mitificó estas asambleas como instituciones democráticas, cuando en realidad fueron órganos sometidos a la monarquía. Julio Valdeón desmonta tópicos sobre una supuesta democracia medieval castellana y revela la verdadera naturaleza política de estas reuniones durante los siglos XII al XVI.
En la sesión inaugural de las Cortes medievales castellano-leonesas, el rey se presentaba acompañado de su corte para pronunciar un discurso solemne. Así comienza este análisis que cuestiona uno de los mitos fundacionales de la historiografía española.
Durante más de dos siglos, desde principios del siglo XIX, la interpretación liberal de las Cortes perduró casi sin impugnación: se las presenta como asambleas representativas donde diversos estamentos compartían con el monarca la potestad legislativa. La precocidad de estas instituciones respecto al Parlamento inglés se exhibía como prueba de una tradición democrática castellana.
Pero esta obra propone una lectura radicalmente diferente. Las Cortes no nacen como cámara legislativa. Su origen se encuentra en la curia regia, un órgano consultivo de magnates y dignatarios eclesiásticos. La transformación ocurrió cuando la corona incorporó procuradores de ciudades y villas, no por impulso democrático sino como respuesta al creciente poder económico urbano.
El análisis de los cuadernos de Cortes revela que estas reuniones funcionaban bajo control absoluto del monarca. El rey convocaba según su libre decisión, elegía el lugar, inauguraba con sus propósitos políticos. Los procuradores urbanos no eran verdaderos representantes sino mandatarios que llevaban peticiones específicas. La mayoría provenía de oligarquías municipales, dejando fuera a capas populares y especialmente al campesinado.
Las atribuciones de las Cortes resultan notablemente limitadas. Aunque participaban en asuntos legislativos, carecían de auténtica potestad legislativa. El rey no estaba obligado a cumplir ni sus propias promesas. A cambio de subsidios económicos, los procuradores obtenían poco más que la promesa de ser escuchados.
La institución conoce su mayor esplendor en el siglo XIV, cuando la presencia urbana alcanza su cima. Pero ya en el XV entra en declive manifiesto. La intervención creciente de la corona en la designación de procuradores disuelve gradualmente su independencia. Cuando el afianzamiento de la monarquía hace la institución menos necesaria, las Cortes se reducen a votar subsidios.
Este libro rechaza tanto la mitificación liberal como su antítesis nacionalista. Las Cortes no son antecedentes democráticos ni expresión de esencias hispánicas, sino elementos de una estructura política feudal donde el rey mantenía la supremacía.
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